viernes, 15 de febrero de 2013

Velocidad Limites Velocidad Reglamentaria


Velocidad


Es la relación entre el camino recorrido y el tiempo empleado para recorrerlo.
¿Cuál es el límite?
No decimos nada nuevo cuando afirmamos que hay conductores que, circulando a 60 kph se sienten y son inseguros; también los hay que a 130 kph, son y se sienten seguros. Todo conductor tiene un límite inicial, que puede ir aumentando con una práctica de la que él mismo va sacando experiencias. También es conocido que, si se conduce con miedo, se conduce mal.

Ahora bien, ¿Cuál es el límite?
En cuanto al "límite" podemos concluir que existe el límite bajo, el límite medio o normal, y el límite máximo; y que, para saber dónde están estos límites debemos tener en cuenta numerosos factores, que van desde el estado de ánimo del conductor, su forma física, el peso del vehículo, clase de neumáticos, inercia producida en un viraje, grado de adherencia, estado del piso, existencia o no de peraltes, entre otros. Todo esto combinado con la destreza del conductor. Sin olvidar que el límite del vehículo es muy diferente al del conductor, y que se trata de la seguridad, de la vida.




En cualquier actividad de nuestra vida debemos conocer cuáles son nuestras fuerzas, nuestras posibilidades, nuestros propósitos y no debemos emprender hazañas para las que no estamos dotados, ni acometer empeños para los que no nos hemos preparado convenientemente.

Obrar así nos permite mantenernos cuerdos, pues cualquier desfase entre lo que podemos y lo que deseamos, acarrea desequilibrios, conductas incomprensibles e insensatas, neurosis, peligro, en fin, inseguridad y no sólo para nosotros mismos. Queremos decir que debemos obrar sometiéndonos a nuestras propias y personales limitaciones, las cuales, naturalmente, debemos conocer. Sin olvidar que estas consideraciones valen tanto para el conductor como para el vehículo, la vía y el medio ambiente, y que la conducción no es más que la manifestación de nuestra propia personalidad.

La velocidad, en la conducción, debe ser usada sin pasarnos de la frontera de las posibilidades nuestras, del vehículo, y del medio en que la usamos, sin ocasionar peligro para nosotros o los demás.
Hay lugares donde rodar a sesenta kph es peligroso, es suicida; pero, en otros, encierra más peligro rodar solo a sesenta, por ejemplo; si decimos "¡qué más da!“, y nos lanzamos con el pie en el acelerador a fondo en los cruces de la ciudad, cuando los semáforos están intermitentes, estamos haciendo el papel de imbéciles y asesinos en potencia. En cambio, si en una hora "pico" estamos de primeros ante un semáforo y éste enciende la luz verde y salimos despacito, teniendo ante nosotros la calle despejada, estamos entorpeciendo el tránsito, impidiendo su fluidez.
En resumen, el uso de la velocidad es cuestión de conciencia, de sentido común, y el límite es el valor que le damos a la vida, tanto nuestra como a la de nuestros hermanos.

Velocidad Reglamentaria

Lo más importante es: Nunca olvidar y observar los límites de velocidad fijados por el Reglamento de la Ley de Transporte Terrestre. No exceder los límites para no incurrir en infracciones.
La Ley de Transporte contempla, en el artículo 254 de su Reglamento, que en las vías públicas la velocidad será la que indiquen las señales de tránsito. De no estar indicadas, el máximo será el siguiente:

1) En Carreteras:
a) 70 kilómetros por hora durante el día.
b) 50 kilómetros por hora durante la noche.
2) En Zonas Urbanas:
a) 40 kilómetros por hora durante el día.
b) 15 kilómetros por hora en intersecciones.

3) En Autopistas:
a) 90 kilómetros por hora como velocidad constante en el canal izquierdo o canal de circulación rápida.
b) 70 kilómetros por hora como velocidad máxima en el canal derecho o canal de circulación lenta.
c) Cuando la vía presente circunstancias anormales por causas de reparación, lluvia, neblina, pista húmeda u otras causas, se deberá disminuir la velocidad de tal manera que no se ponga en peligro la circulación.
4) En todo sitio:
a) 15 kilómetros por hora para vehículos de tracción animal.
b) 15 kilómetros por hora para vehículos de motor equipados con llantas que no sean neumáticas, cuando estén autorizados para circular.
Las señales reglamentarias de velocidad indicarán en kilómetros los tramos en los cuales tienen aplicación.

En cuanto a los motociclistas en autopistas:

Conducción lenta
Usted no debe conducir tan despacio que interfiera con otros vehículos que se desplacen a velocidades normales y seguras, si va conduciendo más despacio que la velocidad normal del tránsito, conduzca por el canal derecho o al lado derecho de la calzada. Nunca circule  por el hombrillo de las autopistas, a no ser que conduzca una motocicleta.

FACTORES NEGATIVOS DEL MAL USO DE LA VELOCIDAD





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